• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: ISABEL HERNANDEZ PASCUAL
  • Nº Recurso: 2330/2022
  • Fecha: 31/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La exzención de las rentas obtenidas por trabajos realizados en el extranjero, a efectos del IRPF, exige para la aplicación de la exención que los servicios retribuidos hayan sido 'para' o 'en beneficio de' una empresa no residente o un establecimiento permanente ubicado en el extranjero y que los mismos hayan sido efectivamente realizados "en" el extranjero, lo que implica necesariamente desplazamiento físico del empleado a un centro de trabajo fuera del territorio español. En el caso, no se ha aportado ninguna certificación, informe ni documento alguno que describa y explique los servicios prestados por el obligado para las empresas residentes en el extranjero, ni, por consiguiente, consta qué trabajos realizó en el extranjero, en sus desplazamientos, para las empresas residentes en el extranjero, en su beneficio y utilidad, y no exclusivamente en beneficio y utilidad de la matriz, de la que era directivo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 1972/2021
  • Fecha: 30/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Administración entendió que la actividad realizada en el inmueble consistía en arrendamiento de apartamentos con prestación de servicios complementarios, propios de la industria hotelera, por lo que se trataba de una actividad sujeta y no exenta de IVA. Y basa esta afirmación en la comprobación por el TEAR de unos links de la sociedad en una pagina web. Señala la Sala que la existencia de dichos links no se ha justificado en el expediente administrativo, debiendo de haberse certificado por parte de la Agencia Tributaria, el acceso a los mismos, y ello no puede ser suplido por el TEAR que en sus resoluciones, precisamente, reconoce que el órgano gestor de la AEAT no ha certificado el contenido de las páginas web, e intentó suplirlo accediendo a varias webs en las que se ofrecen supuestamente servicios de hostelería. Pero concluye la Sala que el TEAR no puede suplir la actuación del órgano gestor de la AEAT ya que la obligación de motivación y de documentación de las pruebas de los extremos que afectaban a la regularización se refiere al acuerdo de liquidación,
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: CRISTINA PAEZ MARTINEZ-VIREL
  • Nº Recurso: 7/2023
  • Fecha: 30/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala resuelve el debate aplicando las reglas sobre la carga de la prueba (cada parte tiene la carga de probar aquellas circunstancias que le favorecen; esto es, la Administración la realización del hecho imponible y de los elementos de cuantificación de la obligación, y el obligado tributario las circunstancias determinantes de los supuestos de no sujeción, exenciones y bonificaciones o beneficios fiscales), ya que entiende que la actividad probatoria es débil para que pueda darse por probado que no justifica que la comercialización del alquiler vaya a realizarse a través de agencias y brokers náuticos. En consecuencia, considera que no se ha probado que se cumplan los requisitos para justificar lo contrario de lo que alegó en primer lugar, ya que como señala el Abogado del Estado, la actividad se desarrolla por otro con el que, además, no tiene vinculación y que se dedica a ello; Tampoco aporta ninguna documentación acreditativa de que la comercialización de alquiler de la embarcación se va a realizar a través de agencias y brókers náuticos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ABELLEIRA RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 2947/2022
  • Fecha: 25/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia reitera la doctrina relativa a que para que la participación de sociedades dedicadas a la actividad de arrendamiento de inmuebles no se tenga en consideración al efecto de determinar la base imponible en el Impuesto sobre el Patrimonio, debe cumplir las exigencias contempladas en la Ley del IRPF para considerar existente dicha actividad. La exigencia de la persona con contrato laboral a jornada completa está estrictamente referida a la operatividad de la ventaja fiscal, como opción legítima del autor de la norma que la establece para decidir cuáles son los concretos motivos de política económica o social que a tal efecto han de ser ponderados; y, por tal razón, su virtualidad en esta materia no tiene por qué ser coincidente con la que pueda tener a otros efectos tributarios.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 5443/2023
  • Fecha: 23/10/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar, a la luz de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 7 de marzo de 2018 (Cristal Union contra Ministre de l'Économie et des Finances,asunto C-31/17), si el artículo 14.1.a) de la Directiva 2003/96/CE constituye una exención directa (no voluntaria para los Estados miembros) por efecto directo vertical ascendente en relación con el gas natural, combustible de origen fósil, que se destine a la producción de electricidad o a la cogeneración de electricidad y calor o a su autoconsumo en las instalaciones donde se hayan generado, o, si por el contrario, ese efecto directo no es absoluto al permitir que los Estados miembros introduzcan excepciones al régimen de exención obligatoria establecido por la Directiva 2003/96, "por motivos de política medioambiental".
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 5507/2023
  • Fecha: 23/10/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar, a la luz de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 7 de marzo de 2018 (Cristal Union contra Ministre de l'Économie et des Finances, asunto C-31/17), si el artículo 14.1.a) de la Directiva 2003/96/CE constituye una exención directa (no voluntaria para los Estados miembros) por efecto directo vertical ascendente en relación con el gas natural, combustible de origen fósil, que se destine a la producción de electricidad o a la cogeneración de electricidad y calor o a su autoconsumo en las instalaciones donde se hayan generado, o, si por el contrario, ese efecto directo no es absoluto al permitir que los Estados miembros introduzcan excepciones al régimen de exención obligatoria establecido por la Directiva 2003/96, "por motivos de política medioambiental".
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 2693/2023
  • Fecha: 23/10/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar, a la luz de la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 7 de marzo de 2018 (Cristal Union contra Ministre de l'Économie et des Finances, asunto C-31/17), si el artículo 14.1.a) de la Directiva 2003/96/CE constituye una exención directa (no voluntaria para los Estados miembros) por efecto directo vertical ascendente en relación con el gas natural, combustible de origen fósil, que se destine a la producción de electricidad o a la cogeneración de electricidad y calor o a su autoconsumo en las instalaciones donde se hayan generado, o, si por el contrario, ese efecto directo no es absoluto al permitir que los Estados miembros introduzcan excepciones al régimen de exención obligatoria establecido por la Directiva 2003/96, "por motivos de política medioambiental".
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA CARMEN FRIGOLA CASTILLON
  • Nº Recurso: 12/2018
  • Fecha: 18/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se cuestiona la posibilidad de si a efectos de aplicar la reducción en la base del impuesto sobre sucesiones por transmisión de empresa familiar cabe o no que el sujeto pasivo perciba retribuciones de sociedades en las que participe indirectamente a través de sociedades familiares exentas, cuando dichas retribuciones percibidas de sociedades participadas no se incluyen en el cómputo de su principal fuente de renta.A efectos de aplicar la reducción en la base del impuesto sobre sucesiones por transmisión de empresas familiares, únicamente pueden tomarse en consideración las retribuciones que el sujeto pasivo perciba de sociedades en las que participe directamente, sin que pueda extenderse a las retribuciones de otras sociedades en las que participe indirectamente a través de sociedades familiares exentas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: MARIA ROSARIO CARDENAL GOMEZ
  • Nº Recurso: 302/2023
  • Fecha: 18/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala comienza acotando el debate de forma que entiende que no existe controversia alguna sobre la transmisión del inmueble ni tampoco se discute la reinversión de la ganancia patrimonial obtenida, sino que la exención fiscal se rechaza únicamente porque el inmueble no tiene la condición de vivienda habitual. Y sentado ello lo resuelve conforme a doctrina jurisprudencial dictada en interés casacional que menciona y cuya doctrina es que en las situaciones de separación, divorcio o nulidad del matrimonio que hubieren determinado el cese de la ocupación efectiva como vivienda habitual para el cónyuge que ha de abandonar el domicilio habitual por tales causas, el requisito de ocupación efectiva de la vivienda habitual en el momento de la transmisión o en cualquier día de los dos años anteriores a la misma, que exige el apartado 3 del art. 41 bis del RLIRPF, se entenderá cumplido cuando tal situación concurra en el cónyuge que permaneció en la misma. Y la aplicación de esta doctrina al caso concreto lleva a la estimación del recurso por cuanto el actor ha acreditado la condición de vivienda habitual de la ex esposa en el momento de la transmisión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ABELLEIRA RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 2828/2022
  • Fecha: 18/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia desestima el recurso contencioso-administrativo deducido contra una resolución del TEAR que desestima la reclamación deducida contra una liquidación del Impuesto sobre el Patrimonio, que incrementó la base imponible en ciertos extremos. Además de otros ajustes secundarios, el montante fundamental del aumento de la base imponible reside en la consideración de las participaciones de una sociedad como patrimonial y no como detentadora de una verdadera actividad económica, al consistir en la tenedora de los inmuebles de la familia, sin que disponga de persona contrata a jornada completa para poder concluir que se trataba de una sociedad dedicada al arrendamiento de inmuebles.

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